Infundada queja por violaciones a la normatividad electoral: IEEPCO
El proceso se derivó de la
queja presentada por el ciudadano Víctor Manuel García García, en contra del
ciudadano José Escobar Gómez, por la presunta realización de “actos anticipados
de precampaña ilegal”, efectuada en la Jurisdicción del Municipio de Oaxaca de
Juárez, en tiempos no permitidos por la Ley
Oaxaca, México. 27 Enero 2013.- En sesión extraordinaria, el
Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca (IEEPCO), aprobó la resolución de la Comisión de quejas y denuncias que
declara infundado el proceso en contra del ciudadano José Escobar Gómez.
El proceso se derivó de la
queja presentada por el ciudadano Víctor Manuel García García, en contra del
ciudadano José Escobar Gómez, por la presunta realización de “actos anticipados
de precampaña ilegal”, efectuada en la Jurisdicción del Municipio de Oaxaca de
Juárez, en tiempos no permitidos por la Ley.
Por lo anterior, la Comisión
de quejas y denuncias inició el procedimiento sancionador especial, para
posteriormente formular el proyecto de resolución como lo establece el Código
de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de
Oaxaca (CIPPEEO).
La resolución de la Comisión
de quejas y denuncias, está basada en la realización de audiencias con los ciudadanos Víctor Manuel
García García y José Escobar Gómez, en la cual se recibieron las pruebas
aportadas por ambas partes y sus respectivos alegatos, para que con base en
esos elementos, se formulara el proyecto de resolución respectiva.
El sentido de la resolución es
declarar la queja infundada apoyándose en que no existe una regulación
específica en la legislación electoral local, ni facultad expresa del IEEPCO
para conocer y en su caso, sancionar la difusión de propaganda en una cuenta de
twitter a través de internet.
PROPUESTA OAXACA
‘UN ÍCONO DE INFORMACIÓN’
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